Nuestra labor

Desmilitarización
Eliminación de los arsenales de armas químicas y de las instalaciones de producción de armas químicas, bajo las medidas de verificación previstas en la Convención.
No proliferación
No proliferación de las armas químicas, mediante la observancia de las medidas de verificación y de aplicación previstas en la Convención, que sirven asimismo para crear confianza entre los Estados Partes.
Asistencia y protección
Asistencia y protección contra las armas químicas, el empleo de éstas o amenaza de empleo, de conformidad con las disposiciones del artículo X de la Convención.
Cooperación internacional
Desarrollo económico y técnico mediante la cooperación internacional en el ámbito de las actividades químicas, para fines no prohibidos por la Convención, de conformidad con lo previsto en el artículo XI.
Universalidad
Es de la máxima importancia que los países que se mantienen fuera de la jurisdicción de la CAQ se unan a ella urgentemente, a fin de poder garantizar que las armas químicas se prohíben en todo el mundo y poder disfrutar también de las ventajas que ofrece, en materia económica y de seguridad, ser socio de la OPAQ.
Aplicación nacional
Los programas de la Secretaría de apoyo a la aplicación ayudan a los Estados Partes a cumplir con sus obligaciones en virtud del artículo VII de la Convención. Entre éstas se incluyen el establecimiento de Autoridades Nacionales para una eficaz coordinación con la OPAQ; la toma de las medidas necesarias para promulgar legislación, incluso legislación penal, y adoptar medidas administrativas para la aplicación de la Convención; la identificación de actividades comerciales y de la industria química sometidas a declaración; y la presentación de declaraciones exactas.