El papel desempeñado por los parlamentarios para impedir la proliferación de las armas químicas

Los parlamentos y la puesta en práctica a nivel nacional

La función de los parlamentos puede revestir una importancia esencial para la puesta en práctica de la Convención, ya que su consideración y aprobación de una legislación nacional completa permite a las autoridades del Estado Miembro poner en práctica las disposiciones de la Convención de manera cabal y efectiva. Los parlamentos también ejercen una importante función de vigilancia del cumplimiento a nivel nacional de las disposiciones de la Convención.

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Cómo evitar la proliferación de armas químicas y el acceso a los precursores

La cabal aplicación de la Convención sobre las Armas Químicas es un requisito esencial tanto para la seguridad de una nación como para la seguridad colectiva de la comunidad internacional. Una puesta en práctica cabal y efectiva de la Convención sobre las Armas Químicas permite a los Estados Partes impedir y evitar cualquier intento de empleo de las armas químicas para causar víctimas humanas y trastornos en masa.

Si bien la OPAQ no es un organismo antiterrorista, la Convención contiene varios elementos que contribuyen a la lucha internacional contra el terrorismo químico.

Por añadidura, la contribución de la Convención a los esfuerzos para evitar el terrorismo químico ha sido reconocida por las Naciones Unidas. En 2004, el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas adoptó la Resolución 1540, por la que se estipulaba que los Estados deben abstenerse de suministrar cualquier tipo de apoyo a los agentes no estatales que traten de desarrollar, adquirir, fabricar, poseer, transportar o transferir armas de destrucción en masa.

La Resolución 1540 es de obligado cumplimiento para todos los Estados Miembros de las Naciones Unidas, con independencia de que sean o no Estados Miembros de la OPAQ; a tenor de la misma han de promulgar y hacer cumplir todos los controles nacionales que sean necesarios para evitar que los terroristas obtengan acceso a estas armas o a sus precursores.

En 2006, las Naciones Unidas adoptaron su Estrategia Global contra el Terrorismo. Esta Estrategia Global alienta a la OPAQ a continuar, conforme a su mandato, sus esfuerzos en pro de los Estados, que han de crear capacidades destinadas a evitar el acceso por los terroristas a material químico, velar por la seguridad en las instalaciones afines, y responder eficazmente en el supuesto del empleo de dichos materiales.

La OPAQ puede aportar sus conocimientos especializados para luchar contra el terrorismo químico y asegurar que quienes contemplan el empleo de armas químicas, incluso los terroristas, no encuentren ningún refugio.

La Convención proporciona un fundamento jurídico para la lucha contra la proliferación y el uso de las armas químicas. La Convención es vinculante para los ciudadanos de sus 182 Estados Miembros.

A efectos de cumplir con sus obligaciones a tenor de la Convención sobre las Armas Químicas, los países han de poner por obra ciertas medidas nacionales: declarar, asegurar y destruir todas las armas químicas de manera oportuna y verificable, velando por que nadie las pueda utilizar nunca, terroristas incluidos; y para ello:

  • Declarar cualquier industria química pertinente;
  • Promulgar legislación para el control de las actividades industriales y comerciales relacionadas con sustancias químicas tóxicas;
  • Limitar el acceso a determinadas sustancias químicas tan sólo a los países que pertenecen a la OPAQ;
  • Constituir la capacidad administrativa para detectar y perseguir las infracciones de la prohibición;
  • Promulgar legislación a efectos de criminalizar cualquier infracción, y permitir su persecución y penalización;
  • Establecer medidas de protección civil.

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Lista de control para los legisladores

El legislador observará, cuando examine la lista de control que aparece a continuación, que los efectos de la Convención se pueden hacer sentir en diversas esferas jurídicas, con arreglo al sistema jurídico de cada Estado Parte. Sirvan los siguientes ejemplos: el derecho constitucional, los códigos civil, militar y penal; la legislación sobre aduanas, y sobre inmigración; el derecho administrativo; los procedimientos civiles y penales.

Medidas que se han de adoptar en cumplimiento del párrafo 1 del Artículo VII

  • Prohibiciones:
    • Desarrollar, producir, adquirir de otro modo, almacenar o conservar armas químicas ni transferir esas armas a nadie, directa o indirectamente
    • Emplear armas químicas
    • Iniciar preparativos militares para el empleo de armas químicas
    • Ayudar, alentar o inducir de cualquier manera a nadie a que realice cualquier actividad prohibida para los Estados Partes por la Convención
    • Emplear agentes de represión de disturbios como método de guerra
    • Producir, adquirir de otro modo o emplear sustancias químicas de la Lista 1 fuera de los territorios de los Estados Partes, y transferir esas sustancias químicas fuera del territorio del Estado Parte salvo a otro Estado Parte
    • Producir, adquirir de otro modo, conservar, transferir o emplear sustancias químicas de la Lista 1 salvo para los fines que se relacionan en los apartados a) a c) del párrafo 2 de la Parte VI (A) del Anexo sobre verificación de la Convención
    • Transferir de nuevo sustancias químicas de la Lista 1
    • Transferir sustancias químicas de la Lista 1 fuera del régimen establecido por los párrafos 5 y 5(bis) de la Parte VI (B) del Anexo sobre verificación
    • Producir sustancias químicas de la Lista 1 fuera del régimen establecido por la parte VI (C) Anexo sobre verificación
    • Transferir a o recibir de Estados no Partes sustancias químicas de la Lista 2
    • Transferir a Estados no Partes sustancias químicas de la Lista 3 sin antes haber recibido un certificado de usuario final de la autoridad gubernamental competente del Estado no Parte
  • Disposiciones penales
  • Aplicación extraterritorial a sus ciudadanos (personas físicas).

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Otras medidas que suelen ser necesarias

  • Definición de las sustancias químicas
  • Definición de las sustancias químicas tóxicas
  • Definición de ‘fines no prohibidos por la Convención’
  • Disposiciones para permitir la asistencia jurídica a otros Estados Partes
  • Designación o establecimiento de la Autoridad Nacional
  • Obligación de las personas físicas y jurídicas respecto de la presentación a la Autoridad Nacional de información necesaria para las declaraciones y notificaciones a la OPAQ
    • Declaración inicial de sustancias químicas e instalaciones de las Listas
    • Declaraciones anuales de sustancias químicas e instalaciones de las Listas
  • Régimen para sustancias químicas de las Listas:
    • Regulación de la producción y el uso para la Lista 1
    • Criterios para las declaraciones de la Lista 2 (umbrales, mezclas – bajas concentraciones)
    • Criterios para declaraciones de la Lista 3 (umbrales, mezclas – bajas concentraciones)
  • Controles de importación/exportación
  • Emisión de licencias a la industria
  • Acceso a las instalaciones
  • Acatamiento de los privilegios e inmunidades de los inspectores de la OPAQ, así como de sus delegados y personal
  • Protección de información confidencial
  • Mandato y facultades de aplicación correspondientes a la Autoridad Nacional
  • Presentación anual de información sobre programas nacionales de protección
  • Primacía de la Convención
  • Responsabilidad
  • Medidas para permitir inspecciones (y penalizaciones respecto de la injerencia en el proceso de inspección o la falsificación de información).

Revisión de la legislación y la reglamentación existentes con miras a que estén acordes con el objeto y propósito de la Convención

  • Acatamiento de la capacidad jurídica y de los privilegios e inmunidades tanto de la OPAQ como de los delegados y el personal, comprendidos los grupos de inspección
  • Facilitación de visados para múltiples entradas/salidas y/o tránsito (con validez de dos años, por lo menos) a cada inspector o ayudante de inspección
  • Entrada y salida del equipo de inspección
  • Empleo del equipo de inspección
  • Custodia y transferencia de muestras
  • Número de autorización diplomática permanente para aeronaves en vuelos no regulares
  • Comercio en sustancias químicas
  • Asignación de fondos para pagar las cuotas al presupuesto de la OPAQ.

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Tras su conclusión, y cada vez que se promulgue una enmienda o un suplemento a la legislación

  • Informar a la OPAQ de las medidas legislativas y administrativas adoptadas para la puesta en práctica de la Convención
  • Suministrar el texto de la legislación nacional para la puesta en práctica.

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Obligaciones con arreglo a los Artículos III, IV y V (de especial importancia para aquellos Estados Partes que desarrollan actividades de destrucción de armas químicas o de destrucción/conversión de instalaciones de producción de armas químicas)

  • Garantizar la seguridad de las personas y la protección del medio ambiente, comprendida la seguridad del polígono (instalaciones de almacenamiento y destrucción)
  • Presentar declaraciones de armas químicas, de instalaciones de producción de armas químicas y de instalaciones de almacenamiento de armas químicas
  • Tomar medidas para facilitar las inspecciones (y establecer penalizaciones para la injerencia en el proceso de inspección o la falsificación de información)

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Persecución de infracciones de la Convención sobre las Armas Químicas

En la actualidad, la OPAQ procura la aplicación universal y eficaz de la Convención para asegurar que estos materiales tan peligrosos se utilicen únicamente para fines legítimos. La siguiente lista de acciones judiciales con arreglo a las correspondientes legislaciones nacionales demuestra la necesidad evidente de mantenerse alerta y en condiciones de poder frenar cualquier empleo o intento de empleo de armas químicas por parte de las personas.

Persecuciones respecto de sucesos acaecidos de las que ha informado la prensa

  • Japón, 1995: Doce personas pierden la vida y centenares más quedan gravemente afectadas por un ataque con gas sarín en el metro de Tokio: persecución de miembros del culto apocalíptico Aum Shinrikyo.
  • Turquía, 2001: Cinco personas arrestadas por posesión de 15 cápsulas de gas mostaza. Se les acusa de contrabando de sustancias químicas y posesión de armas ilegales.
  • Italia, 2002: Tres ciudadanos tunecinos con vínculos con Al Qaeda son juzgados y condenados en Milán por tráfico de “sustancias químicas tóxicas” y explosivos, y por conspiración para la comisión de actos terroristas.
  • Reino Unido, 2002: Un grupo radical conocido como el Ejército Nacional Escocés de Liberación envía dieciséis paquetes de sosa cáustica a diversas personalidades del mundo de la política, entre ellas la esposa del primer ministro británico, Tony Blair.
  • Estados Unidos de América, 2002: Joseph Konopka es sentenciado a 23 años de cárcel. Entre sus crímenes se cuentan la posesión y la colocación de armas químicas en forma de ampollas con cianuro en un túnel del metro de Chicago.
  • México, 2002: Un camión que transporta 76 barriles de cianuro de sodio es secuestrado en Hidalgo.
  • Reino Unido, 2003: Siete personas son arrestadas como sospechosas de la producción de ricina. La acusación se basa tanto en la ley sobre armas químicas como en la ley sobre el terrorismo.
  • Estados Unidos de América, 2003: Enjuiciamiento en Spokane de un antiguo jefe de los Boy Scouts por la producción de ricina (Lista 1), y arresto de un antiguo catedrático universitario por almacenamiento y posesión de armas químicas (cianuro de potasio).
  • Francia, 2004: Investigación de 15 personas sospechosas de preparar ataques con armas químicas al metro de París y a objetivos rusos en Francia y otros lugares de Europa. Se elaboró ricina con un molinillo de café en el cuarto de huéspedes de la casa paterna de uno de los sospechosos; a continuación, la sustancia se secó sobre hojas de periódico, y el polvo se almacenó en tarros de Nivea. Mas tarde, algunos de estos tarros fueron encontrados en el Reino Unido. Al menos un jarro aún está en paradero desconocido.
  • Italia, 2004: En el contexto de la investigación de las explosiones el 11 de marzo de 2004 en los trenes de Madrid, la policía italiana obtiene información, durante el transcurso de escuchas telefónicas a dos presuntos terroristas, que indica que una mujer está planeando un ataque químico en los Estados Unidos de América. El Fiscal General de Italia envía una transcripción de la conversación telefónica a las autoridades estadounidenses.
  • Jordania, abril de 2004: Complot de Al Qaeda para atacar la oficina del primer ministro jordano, la sede de los servicios de inteligencia y la embajada de los Estados Unidos de América con camiones cargados con 20 toneladas de explosivos químicos. Las 71 sustancias químicas, una mezcla de agentes vesicantes, gases neurotóxicos y agentes asfixiantes, habrían podido causar 80.000 víctimas.
  • México/España, 2004: Proceso de extradición en México contra seis españoles y tres mexicanos. Se hallan pruebas en una vivienda mexicana bajo la forma de información sobre la elaboración de armas químicas. España alega que existe una vinculación con ETA.
  • Reino Unido, 2004: Cinco personas son acusadas de producción de ricina, un arma química, en un apartamento londinense. Una es condenada en 2005 por conspiración para causar envenenamiento.
  • Reino Unido, abril de 2004: La policía hace malograr un complot terrorista para emplear tetróxido de osmio en un ataque con gas venenoso.
  • Estados Unidos de América, mayo de 2004: Dos mujeres son arrestadas por conspirar para asesinar al marido de una de ellas con ricina, con el fin de cobrar el seguro. Se les acusa de intento de asesinato, y de elaboración, posesión y transporte de arma química. Por otra parte, tres personas se declaran culpables de almacenar armas químicas y armas de fuego. Se descubren 800 gramos de cianuro de sodio, que, de mezclarse con ácido, podrían crear una bomba capaz de dar muerte a millares de personas.
  • Estados Unidos de América, junio de 2004: Incidentes en la zona de Washington, D.C., donde se lanza una bomba de cloro en una taberna y otra en un buzón de correos, y se lanzan bombas de sustancias químicas sin identificar a una residencia y a la entrada de una escuela. En todos estos casos, las sustancias empleadas se corresponden con la definición de “armas químicas” de la legislación. El bombardeo en la taberna se investiga también bajo la Ley contra el terrorismo de 2001 (cinco o más víctimas)
  • Estados Unidos de América, 2005: Un hombre de 22 años es arrestado por posesión de ricina y de armas.

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